El cumplimiento del Primer Mandamiento…es fundamental para la estrategia del Oficial de Cumplimiento y brinda réditos

Lic. William A. Chinchilla Sánchez

Director-Fundador

www.OficialesDeCumplimiento.com

 

En diferentes  oportunidades hemos tocado el tema del “Primer Mandamiento”. Efectivamente, se ha insistido por medio de audios y por medio de videos sobre el tema.  Bueno, nuestro deber es seguir insistiendo en el tema, hasta que se posicione en usted como Oficial de Cumplimiento y su labor sirva de vehículo para posicionarlo en las mentes de cada compañero de la entidad en la cual trabajamos.

  1. ¿Porqué es importante, como práctica antilavado de dinero leer los Diarios de nuestros países e incluso los Diarios Virtuales? Es muy simple, las  noticias que podamos leer por esos medios nos ponen en alerta sobre problemas de corrupción, de narcotráfico, de estafas, de extorsiones, de una serie de delitos que producen dinero, y a su vez, miran hacia el sistema financiero (en el sentido más amplio posible) como “la forma” de “limpiar el producto de esos delitos”. Debe su área de cumplimiento de insistir con todo el personal de la importancia de leer estos medios e interactuar con el área de Cumplimiento, sobre dudas e inquietudes que puedan surgir de las noticias publicadas. En ocasiones se mencionan a nuestros clientes, o a sus familiares o allegados, lo cual debe llamarnos a una acción preventiva y realizar procesos de revisión integral de la aplicación de “conozca a su cliente” porque podríamos encontrar operaciones inusuales que luego de ser revisadas y analizadas en la forma debida, podrían convertirse en operaciones sospechosas.
  2. Debemos de enseñar a nuestros funcionarios y a los compañeros de la entidad financiera en donde laborales, a “leer entre líneas”.  Me explico de la siguiente forma: deben aprender a ubicar al personaje central de la noticia, no solamente en su nombre, sino en su actividad, porque eso nos puede mover a ver las áreas de calificación de riesgo que quizás hemos pasado desapercibidas o que en tiempos anteriores no eran objeto de “preocupación” pero que por la evolución de la problemática del lavado de dinero, quizás ha llegado la hora de incluirlos. Es decir, el “espectro se ha ampliado”.
  3. Las noticias nos enseñan las figuras jurídicas que se usan, sean las nuevas o las tradicionales con sus variantes, de manera que lo que de ellas podamos extraer al respecto, debemos de comunicarlo a nuestros compañeros de área y de empresa. Por ejemplo, si vemos que se han usado estructuraciones societarias mezcladas con la constitución de fideicomisos de administración e inversión; debemos de sacar tiempo para aprender sobre la figura y transmitir la “mala nueva” a todo el personal. Lo anterior sin perjuicio de realizar un actualización de nuestro Manual de Cumplimiento y de las normas y procedimientos relacionados con negocios de esa naturaleza. Nos puede orientar a profundizar sobre las formas de llegar a los verdaderos beneficiarios de las operaciones en los fideicomisos o de dar seguimiento a las operaciondes aprendiendo a “levantar el velo negocial” y advertir la realidad de la posibilidad de un proceso de lavado de dinero por medio de los servicios que brinda nuestra empresa.

Una entidad que aplica el principio de conozca a su cliente no solamente desde la perspectiva documental sino también en cuanto a sus operaciones y estrategia financiera se refiere, puede evitarse muchos riesgos legales y de imagen.

Cuando todos aprendemos a cumplir y a vivir el “Primer Mandamiento del funcionario de una entidad obligada  a implementar las prácticas y regulaciones antilavado de dinero”, el margen del riesgo de la entidad disminuye en forma importante.

No te olvides de dejar tus comentarios sobre el tema y sugerencias.

Tags: , , , , , ,

2 Responses to “El cumplimiento del Primer Mandamiento…es fundamental para la estrategia del Oficial de Cumplimiento y brinda réditos”

  1. Estimado José Antonio:
    Muchas gracias por tu participación en el Blog. Así encontramos la situación en diferentes países; los primeros obligados han sido tradicionalmente los Bancos, luego se ha venido derramando la regulación sobre otros operadores financieros y extra-financieros en donde no siempre los recursos están disponibles, y mucho menos la mentalidad adecuada para poder aplicar esa “nueva cultura antilavado”.
    No obstante nosotros, con comunidades como éstas, podemos dar un aporte para que insistiendo, enseñando y compartiendo, salgamos todos adelante.

    POr eso te imnvito a que compartas el link de este Blog con otros colegas de tu país.

  2. JOSE ANTONIO ARBULU RAMIREZ says:

    Sin duda las ideas desarrolladas en el artículo es importante y su aplicación en el sujeto obligado redundaría en beneficio del sistema de prevención en su conjunto, hecho que será materia de las próximas capacitaciones antilavado. No está demás comentar que lo complicado de la tarea sobre todo porque en Perú el proceso de afianzamiento y aplicación de las regulaciones antilavado es todavía insuficiente, en especial para aquellos sujetos obligados con excepción de las empresas bancarias, es en todo caso una cuestión de tiempo.

Leave a Reply